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Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad...

Tras la aprobación el pasado 25 de julio en consejo de ministros, el RD de Troncalidad ve la luz y se publica el 6 de agosto, en el Boletín Oficial del Estado.

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DECRETO 34/2012, de 6 de marzo, de ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Ley estatal 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, en el Capítulo III de su Título II, incorporó importantes modificaciones en lo relativo a la formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud, definiendo el objeto de la formación especializada como la tarea de dotar a los profesionales de la salud de los conocimientos, técnicas, habilidades y actitudes propios de la correspondiente especialidad, de forma simultánea a la progresiva asunción por la persona en formación de la responsabilidad inherente al ejercicio autónomo de la misma.

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Legislación

  • Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

    (Publicada en el BOE de fecha 5 buy viagra from canada de octubre de 2011.)

  • LEY 41/2002, de 14 de noviembre

    (La presente Ley tiene por objeto la regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica.)Importante conocerla, bien por ser usuario o trabajador del sistema público o privado.

  • (Incluye, la definición de la especialidad y campo de acción, el perfil profesional del especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública, el

    contenido específico del programa formativo, las etapas del programa de formación, y responsables de formación, supervisión y evaluación.)

  • Legislación específica en materia de protección de datos de carácter personal.

  • Reglamento

    Todo profesional que maneje ficheros debe conocer la legislación en materia de protección de datos de carácter personal. Por otro lado, cualquiera de nosotros podemos figurar en un fichero de datos. La Ley y el Reglamento que la desarrolla y que se exponen en este artículo, aclara los derechos y obligaciones a cumplir. El Reglamento entrará en vigor el 19 de abril de 2008.

  • Especialidades en Ciencias de la Salud

    (Clasificación de las Especialidades en Ciencias de la Salud. Aspectos de formación sanitaria especializada.BOE nº 45 jueves 21-02-08 página 10020)

  • Comisiones de Docencia residentes

    (Comisiones de docencia. Figura del jefe de estudios de formación especializada. Nombramiento del tutorBOE nº 56 miercoles 5 de marzo de 2008 página 13586.)